Decreto Nº 4199/15 “Reglamento Académico Marco” (RAM).
Capítulo 2: “De las Adscripciones”
Art.66º: Los IES podrán ofrecer el cursado de Adscripciones a los graduados en Instituciones de Nivel Superior, sean o no egresados de su propia institución, en las distintas Unidades Curriculares para las cuales tiene competencias su titulación.
Art 67º: Los IES definirán en sus respectivos RAI la reglamentación específica del Régimen de Adscripciones.
Los adscriptos tendrán las siguientes obligaciones (extraído del art 130º del ROI)
a-Asistir durante 2 años a un mínimo del 50%de las clases dictadas por el Profesor.
- Actuar como ayudante honorario de Trabajos Prácticos
- Realizar las tareas que le encomienda el Profesor de la materia quien se encargará de supervisarla en forma directa
- Presentar al finalizar el 1º año y antes del 1º de marzo del año siguiente un informe escrito sobre los trabajos realizados. El Profesor de la unidad curricular se expedirá acerca del mismo antes del 1º de abril y la aprobación correspondiente será indispensable para que el aspirante pueda continuar la adscripción.
- Elaborar en el 2º año un trabajo escrito sobre un tema de la unidad curricular, que será entregado antes del 1º de junio del curso siguiente al de la finalización de la adscripción. Dicho trabajo será evaluado por la comisión mencionada en el artículo 68º (RAM)
Art 68º: La solicitud de Adscripción será evaluada por una comisión integrada por un miembro del equipo directivo, el jefe de Sección/coordinador del área y el profesor de La Unidad curricular , quienes deberán elaborar un Acta fundamentando la aceptación o rechazo de la misma.
Art69º: Las Adscripciones tendrán una duración mínima de dos años debiendo finalizar con la presentación de un trabajo final escrito.
Art70º: El profesor Adscripto no podrá hacerse cargo de la Unidad curricular ante la ausencia del docente a cargo del mismo.
Art72º La actividad desarrollada por el adscripto en relación a su rol ,no constituirá en absoluto vínculo laboral alguno entre éste y la Institución, el Ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe y/o Entidad Patronal.
Los requisitos son los siguientes:
– Poseer el título de nivel terciario y/o superior cuyos estudios incluyan esa asignatura como específica.
– Haber presentado su solicitud de adscripción a la Dirección, en el lapso comprendido entre el 1 al 31 de marzo.
Documentación necesaria:
– Fotocopia del Certificado de Estudios
– Completar el Formulario específico
– Certificado de aptitud física
– Certificado de antigüedad docente
Para descargar el Formulario Específico, requerido para concretar la inscripción con el fin de realizar una adscripción, hacer click aquí